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Seguridad Ciudadana

Policía Local

Seguridad Ciudadana

  • Atención de emergencias policiales en el teléfono 629 450 600 y en el centro de recepción de alertas en materia de protección civil.
  • Ejercer como policía judicial en aquellas materias que son de su competencia.
  • Realizar las primeras actuaciones ante la comisión de un hecho delictivo.
  • Prevención de delitos.
  • Auxiliar las autoridades judiciales en la investigación de los delitos y en el descubrimiento y detención de los delincuentes, cuando sean requeridas para ello.
  • Proteger a las autoridades de la corporación local y vigilar y custodiar los edificios, instalaciones y dependencias de esta corporación.
  • Vigilar los espacios públicos.
  • Prestar auxilio en accidentes, catástrofes y calamidades públicas.
  • Participar en la ejecución de los planes de protección civil y sede del Comité para la emergencia.
  • Cooperar en la resolución de los conflictos privados cuando sean requeridos para ello.
  • Colaborar con la Guardia Civil en la protección de las manifestaciones y en el mantenimiento del orden en las grandes concentraciones de personas.
Policía Local

Normativa

  • Código Penal 10/1995 de 23 de noviembre, modificado por la Ley 1/2015 de 30 de marzo.
  • Ley 4/2015 de 30 de marzo, Protección de la Seguridad Ciudadana.
  • Ordenanza Municipal sobre Protección de la Convivencia Ciudadana y Prevención de actuaciones Antisociales.